Indemnizaciones en caso de pérdida o retraso del equipaje



Nos preparamos para las vacaciones y queremos que todo salga a pedir de boca, pero los aerolíneas tienen la engorrosa manía de perder o retrasar la llegada de nuestro equipaje a su destino.

En estos casos tenemos derecho a una serie de indemnizaciones que conviene conocer:

  • En caso de demora del equipaje, nos corresponde un kit de pernocta a partir de las 24 horas de retraso, para ello debemos guardar los tickets o facturas de todos los gastos que incurramos y que se nos abonarán hasta cierto límite.

  • En caso de pérdida del equipaje, el importe a recibir dependerá de las unidades de equipaje en el caso de los vuelos nacionales y de los kilogramos del mismo en los vuelos internacionales.
  • Podemos realizar una declaración previa del valor de nuestro equipaje si facturamos equipaje de gran valor, abonando el 0,5% del valor que se transporta y acreditándolo con facturas. En caso de pérdida, se indemnizará la totalidad de lo declarado.
  • En los vuelos nacionales, la reclamación debemos hacerla dentro de los 10 días siguientes a la fecha de entrega. En los vuelos internacionales, el período de reclamación es de siete días si se han producido daños en el equipaje y de 21 días en caso de retraso en la entrega.
  • Si han pasado 21 días de retraso en la entrega, se entiende que se ha producido la pérdida del equipaje y debemos reclamar la indemnización que corresponde en estos casos.
  • Transcurridos 6 meses, si no presentamos reclamación, perdemos nuestros derechos.

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